Uruguay - Régimen de Reintegro de Impuestos
Importación
La importación no tiene reintegros, según la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) de la mercadería a importar (insumo) será lo que se abonará de Impuestos (pueden ser varios impuestos) y a través de su RUT luego en Dirección General Impositiva, la empresa importadora podrá descontar el impuesto sobre valor agregado (IVA), que se le adjudicará como ANTICIPO DE IVA, a descontar de futuros pagos que la empresa deba realizar.
Exportación
Es el único régimen que genera devolución de Impuestos, el reintegro esta dado por el producto a exportar, es decir en el momento de hacer la exportación lo que determina si lleva reintegro o no es la NCM de la mercadería, siempre y cuando el mismo lo permita, se solicita el mismo en el DUA (Documento Único Aduanero).
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